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| Portada | Dossier | Búsqueda | Agenda | Enlaces | Créditos | Suscripciones Justicia medioambiental: la necesidad de informar y participar
Biomedia (Barcelona). Como habitantes de la
Tierra, los seres humanos tenemos derechos y obligaciones que configuran el
marco de nuestras relaciones con nuestro entorno ambiental y social. La
justicia ambiental se inspira en el principio que reconoce a todas las personas
los mismos derechos a los beneficios de la oferta ambiental y cultural del
planeta. Se expresa mediante la protección e implementación política, social y
económica de esos derechos, local y globalmente, asegurando un trato justo sin
importar raza, ingresos o cultura, entre otros rasgos personales. «Todos los
habitantes merecen ser protegidos de la contaminación [...]. Todos merecen aire
limpio, agua pura, tierras sin contaminación y alimentos que sean saludables.
Proteger nuestro medio ambiente significa proteger nuestra salud, la salud de
nuestras familias, nuestros vecinos, nuestra economía», en palabras de Carol
Browner, administradora de la Environmental
Protection Agency de EE.UU entre los años 1993 y 2000. La discriminación ambiental La calidad de vida de la población está condicionada por la
calidad del ambiente natural y social en que se encuentra. Las sociedades han
desarrollado actividades que son ambientalmente discriminatorias. Una de las
causas es la falta de conciencia de las consecuencias de determinadas
actividades para el medio ambiente, y de que la degradación ambiental afecta no
sólo a los recursos naturales sino
también a la vida humana. Estas relaciones se tornan más evidentes cuando la
degradación ambiental ocasiona graves problemas de salud y de calidad de vida. El primer paso para afrontar la discriminación ambiental es tomar
conciencia de su existencia. Es necesario considerar la manera en que
desarrollamos el comercio, las obras públicas, las leyes, y el control y
evaluación de las actividades que afectan de forma desigual al medio ambiente
de ciertos sectores de la población. La sociedad debe participar activamente en
la toma de decisiones en estas áreas. La discriminación ambiental se acentúa en los sectores
más pobres, vulnerables y marginados de la población. Por esta razón, las
sociedades deben desarrollar una sensibilidad especial ante las condiciones
ambientales de estos grupos. La pobreza va de la mano con la discriminación
ambiental, así como también con otras formas de racismo y discriminación. Los
barrios pobres de nuestras grandes ciudades sufren con frecuencia la presencia
de una carga excesiva de industrias contaminantes, vertederos irregulares,
ausencia de depuración de aguas residuales, etc., que se suman a la escasez de
posibilidades culturales, sanitarias y de incorporación al mundo laboral. Esta
situación repercute muy directamente en los niños y adolescentes que viven en
estas áreas, porque limitan su desarrollo como seres saludables. Las
intoxicaciones, enfermedades infecciosas y de transmisión sexual, drogadicción,
trastornos psiquiátricos y del comportamiento, y accidentes en el hogar, se
incrementan entre ellos. Otros sectores especialmente vulnerables son las mujeres,
los discapacitados y los refugiados ambientales (personas forzadas a abandonar
sus hogares debido a la degradación ambiental). Ciertas
comunidades minoritarias, como los indígenas y los gitanos, sufren una
severa discriminación ambiental, debido a que a menudo dependen de los recursos
naturales para su subsistencia cultural. Al igual que otros sectores
vulnerables, estas comunidades no poseen los medios o el acceso a la
toma de decisiones destinadas a evitar que se produzca un daño a su medio
ambiente. Una manera de identificar la discriminación ambiental es
mediante la realización de estudios de impacto ambiental, que permiten
prever posibles efectos en el ambiente de alguna actividad propuesta. No es
suficiente analizar el impacto ambiental, sino que también se debe considerar
el impacto humano. Y se debe contemplar no sólo el impacto interno e inmediato
de la actividad sino también la manera en que afecta a la sociedad en su
totalidad, así como el ciclo de vida de los productos que afectan a las
poblaciones humanas a través de las etapas de uso y deshecho de los mismos.
Estos estudios pueden ayudar a reformular proyectos para que sean menos
discriminatorios y perjudiciales para el medio ambiente. Además, los gobiernos nacionales y locales deben promover y
promulgar leyes para la protección del medio ambiente, para
asegurar el ejercicio de los derechos humanos de los individuos más
vulnerables. La Constitución española establece en el artículo 45 el derecho al
medio ambiente: «Todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado
para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo; los poderes
públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales,
con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el
medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva…». Cuando
no se ha cumplido con la ley, los ciudadanos pueden presionar al gobierno para
que asegure su cumplimiento, o ellos mismos pueden instaurar acciones privadas. Información, educación y participación Para promover la concienciación comunitaria y la participación
ciudadana es necesario asegurar una adecuada información ambiental y el
libre acceso a la información por parte de cualquier ciudadano; es decir, la
posibilidad de acceder sin obstáculos a cualquier información referida a las
condiciones ambientales. El acceso público a esta información permite a la sociedad
conocer su situación presente así como los mecanismos para mejorarla. Debe
incluir no sólo los datos referidos al estado general del medio ambiente (por
ejemplo la calidad del aire y del agua) sino también los resultados concretos y
actuales de monitoreos, investigaciones sobre contaminantes y sus efectos en la
salud, el impacto ambiental de actividades puntuales de la industria, medidas
de prevención adoptadas por el sector público, así como la normativa respectiva
y los procedimientos para hacer valer el derecho a un medio ambiente saludable. Cada vez
es más fácil poner la información a disposición del público apelando a los
medios de comunicación tradicionales (prensa, radio, TV), las tecnologías de la
comunicación y la información como Internet y grandes bases de datos, y otros
recursos como el etiquetado de los productos. En el Estado español, el
Ministerio de Medio Ambiente, algunas comunidades autónomas, ayuntamientos y
otras entidades, están desarrollando desde hace algunos años los Sistemas de
Información Ambiental (SIA), recursos que permiten la captación,
estructuración, acceso y difusión de la información relativa al medio ambiente. El derecho a la información toma sustancia jurídica en la
letra de la Declaración
de los Derechos Humanos, aprobada en París en 1949, que en su artículo
19 dice: «Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión;
este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de
investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin
limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión». Otros tratados
internacionales reconocen este derecho en términos semejantes; entre ellos, la Convención
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobada por la ONU en
1966; la Convención Europea de los Derechos del Hombre, aprobada por el
Consejo de Europa en 1950; la Declaración de
los Derechos Civiles, Políticos y Culturales en Teherán en 1973; el Acta de
Helsinki de 1975; y el Pacto de San José de Costa Rica (Convención Americana de Derechos
Humanos) en 1984. La Declaración
de Río, documento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio
Ambiente y Desarrollo (CNUMAD) que tuvo lugar en 1992, destacó el rol de la
información ambiental. Los temas referidos a la información ambiental
impregnaron la mayoría de los capítulos del Programa 21 adoptado en este
evento. El principio 10 garantiza la participación ciudadana y el acceso
público a la información ambiental: «El mejor modo de tratar las cuestiones
ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el
nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona debe tener acceso
adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las
autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las
actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad
de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán
facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población
poniendo la información a disposición de todos». En 1992
entró en vigencia la Directiva Europea sobre Libertad de Acceso a la
Información en Materia de Medio Ambiente, que
garantiza la libertad de acceso y difusión de la información en poder de las
autoridades públicas. La Directiva fue transpuesta a legislación española
mediante la Ley 38/1995. Y desde 2001, rige el Convenio sobre
Acceso a la Información, la Participación del Público en la Toma de Decisiones
y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales de la Comisión
Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE/ONU), conocido como Convenio
de Aarhus, a cuyas disposiciones se está adaptando la legislación comunitaria.
En este marco se encuadra la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo,
de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información
medioambiental. La educación es un ámbito ideal para promover la
justicia ambiental. Es necesario que se eduque a la sociedad en aquellos
problemas que afectan a ciertos sectores de la población. Esto implica un
análisis del ciclo de vida de los productos y actividades que causan un impacto
en el medio ambiente, entre otros temas. Las escuelas primarias y secundarias
pueden brindar educación ambiental con programas de estudio que contemplen la
sostenibilidad ambiental y la no discriminación. Además, se pueden fomentar
talleres comunales para capacitar a la sociedad en posibles actividades de
defensa contra la discriminación ambiental. Parte del problema de la discriminación ambiental proviene
de la falta de participación de las partes afectadas, tanto en el
planeamiento como en la implementación de las actividades. La solución de los
problemas ambientales y de la salud pública no concierne solamente a los
órganos administrativos del Estado; la iniciativa ciudadana y la participación
comunitaria en la diversidad de variables culturales, sociales, científicas,
económicas y tecnológicas implicadas en los procesos de toma de decisiones son
cada vez más importantes para una mejor calidad de vida. Debemos advertir que
cada uno de nosotros puede ayudar a proteger o degradar el medio ambiente. Pero la participación por sí misma no es la solución. La participación a su vez debe ser informada,
para que la población cuente con el conocimiento necesario para poder tomar sus
decisiones respecto de cuáles son sus problemas y cómo quiere solucionarlos.
Por ello la participación debe ser complementada con un libre acceso a la información. [Este artículo de opinión forma parte de la web de la Red Infancia y Medio Ambiente
(INMA)] Más información en Biomedia: Más información en la red: |
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