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| Portada | Dossier | Búsqueda | Agenda | Enlaces | Créditos | Suscripciones Expertos de Barcelona abren el debate sobre la selección de sexo en España
Biomedia
(Barcelona). Los continuos avances tecnológicos han permitido que sea posible
elegir el sexo de los hijos. Esta práctica está prohibida por la mayoría de
legislaciones, excepto por razones de carácter diagnóstico o terapéutico. Sin
embargo, en algunos centros de Estados Unidos y Bélgica ya están aplicando un
método –la citrometría de flujo- que
permite dicha selección. Siguiendo la misma línea, el Reino Unido está
estudiando la posibilidad de autorizarlo. Estos acontecimientos han generado un amplio debate
social al respecto. Por ello, el Grupo de Opinión del Observatorio de Bioética y Derecho
de la Universidad de Barcelona, con la
colaboración de la
Fundación Privada
Vila Casas, se ha manifestado sobre el tema
elaborando el «Documento sobre selección de sexo», presentado el pasado 12 de
marzo en el Parque Científico de Barcelona. El documento pretende aportar documentación para promover el
debate en una sociedad debidamente informada y, de esta forma, permitir una
posible modificación de la normativa jurídica actual de acuerdo con el sentir
social. En la inauguración del acto se resaltó que las implicaciones éticas que
derivan de los avances científicos y las nuevas tecnologías hacen necesaria la
existencia de documentación suficiente, de manera que la sociedad pueda conocer
y discutir sobre cuestiones como ésta. Josep Egozcue, catedrático de Biología Celular de la
Universidad Autónoma de Barcelona expuso que a lo largo de la historia se han
utilizado diferentes formas de elegir el sexo. Entre ellas nombró el
infanticidio, el abandono de niñas o el aborto selectivo después de una
ecografía. Afirmó que el diagnóstico genético preimplantacional, así como la
citometría de flujo –separación de los espermatozoides portadores del cromosoma
X de los que poseen el Y-
son los dos métodos que actualmente posibilitan la elección del sexo de los
hijos. Egozcue finalizó su intervención enumerando las propuestas establecidas
en el Documento: 1) La
selección de sexo no debe utilizarse nunca como un sistema de discriminación. 2)
Aunque no es posible hablar de la existencia de un derecho a elegir el sexo de
los futuros hijos, estimamos que no es razonable que el Estado lo prohíba –como
sucede actualmente- sino que debería autorizarse si
existen técnicas fiables y si los medios empleados para ello son proporcionados
al fin que se busca conseguir. 3) La
selección de sexo mediante la selección de espermatozoides por la razón de
satisfacer las preferencias de los padres, debería autorizarse. 4) La
selección de sexo mediante selección de embriones es un medio, en principio,
desproporcionado para la finalidad buscada. Sin embargo, podría aceptarse en
ciertos supuestos si se cumplen determinados requisitos. Por último, María Casado,
directora del Observatorio de Bioética y Derecho, explicó las implicaciones
sociales, éticas y legales que comporta la selección de sexo. Se refirió a la
selección de sexo como una «prohibición tabú» para evitar la creación de bebes
de diseño o niños a la carta. Según Casado, el bebé a la carta científicamente
es imposible de conseguir debido a los factores ambientales y a los
multifactores genéticos que intervienen en el desarrollo de los individuos. A
su parecer, la selección de sexo no es razón de discriminación ya que no
existen análisis demográficos que indiquen preferencia por uno u otro sexo. Por
otro lado, expresó que la selección de sexo a este nivel no tiene consecuencias
negativas o de peligro para producir un desequilibrio en la proporción de
sexos. En cuanto a la separación de espermatozoides, comentó que éste método no
atenta contra el principio ético ya que se está actuando al nivel de gametos y
no de embriones. Sin embargo, consideró que es muy importante asegurar la
información a las parejas sobre el porcentaje de éxito de la técnica. En el caso del diagnóstico genético preimplantacional
como método de elección del sexo, opinó que se debería autorizar cuando se
realiza por indicaciones terapéuticas. Sin embargo, resaltó que la creación de
embriones para elegir el sexo debería permitirse en casos de que exista un gran
deseo de la pareja siempre y cuando se comprometan a donar los embriones de
sexo no deseado a otra pareja. Finalmente señaló que el Código Penal no trata
la selección de sexo, de manera que dicha práctica comportaría únicamente una
sanción de carácter administrativo. Más información en Biomedia: Más información en la red: |
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